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Sucesión de criptoactivos: acceso de los herederos y planificación

Dos cuestiones bajo un mismo título: obtener acceso a los activos del fallecido y organizar los propios de modo que los herederos no tengan que pelearse con los exchanges.

Si la sucesión ya está abierta

  1. Inventario. Cuentas en exchanges (correos, aplicaciones, transferencias bancarias a plataformas), monederos físicos y frases semilla en papeles y cajas fuertes. No «pruebe» nada en los monederos sin un especialista: los errores con una frase semilla son irreversibles.
  2. Cuentas en exchanges. Las grandes plataformas tienen procedimientos sucesorios: certificado de defunción, documentación acreditativa del derecho hereditario, legalización y traducción. El exchange entregará los fondos a los herederos: es cuestión de meses y de un expediente correcto.
  3. Monederos sin credenciales de acceso. El derecho sobre los activos no otorga acceso técnico: sin las claves no hay forma de recuperar los fondos. Por eso el punto 1 es el más importante.

Planificación en vida

  • Instrucciones de acceso separadas del testamento: el testamento es un documento accesible a terceros y la frase semilla no debe figurar en él.
  • Mecánica de la transmisión: desde un sobre depositado ante notario hasta una multifirma con participación del heredero, según el importe y la confianza.
  • El impuesto de sucesiones varía radicalmente entre jurisdicciones (y, en España, entre comunidades autónomas): la residencia del causante y la de los herederos cambian la factura en órdenes de magnitud.

Preguntas frecuentes

¿Entrega el exchange los fondos a los herederos?

Sí, las grandes plataformas tienen un procedimiento: certificado de defunción más documentación acreditativa del derecho hereditario, debidamente legalizada. El plazo se mide en meses.

¿Qué hago si no aparece la frase semilla?

Si las claves no están en ninguna forma, no existe acceso técnico, con independencia de los derechos que se ostenten. Revise los servicios de custodia: ahí el acceso sí es recuperable mediante procedimiento.

¿Hay que mencionar las criptomonedas en el testamento?

El hecho de la titularidad, sí; las claves privadas, en ningún caso: el testamento acaba siendo accesible a terceros. Las instrucciones de acceso se guardan aparte.

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